Los dogmas siempre ideologizan el debate sobre la propiedad de los hidrocarburos, cuando el tema relevante es la discusión sobre la renta del recurso. Con actores públicos y/o privados, la apropiación de la renta determina los niveles de inversión para reponer reservas y descubrir nuevos yacimientos llevando adelante una explotación racional.
Desde la izquierda a la derecha apuntan contra el régimen de propiedad de los hidrocarburos; cuando, salvo en algunos estados del este de los Estados Unidos, en el resto del planeta rige el régimen regalista, por el cual los yacimientos pertenecen al dominio público. El principio del Derecho Romano, en virtud del cual el dueño del suelo o superficiario, es también dueño del subsuelo con hidrocarburos –vigente en el Estado de Texas, por ejemplo–, nunca llegó ni siquiera a discutirse en el contexto latinoamericano. Cuando el superficiario es dueño del subsuelo minero, puede explotar el yacimiento por sí, o negociar la explotación por otro, conforme a las facultades que le da la propiedad privada.
Latinoamérica hereda la tradición del Derecho Hispano, por el cual el dominio minero tiene entidad propia diferente al dominio del fundo en el que se encuentra. En la Argentina, el dueño de una propiedad, conforme al Código Civil, también es dueño del espacio suprayacente y del subsuelo; siempre que en el subsuelo no exista riqueza minera. Si hay petróleo y gas, la propiedad de esos recursos antes pertenecía al Estado Nacional (ley 17.319) y hoy pertenece a las provincias (Art. 124 de la Constitución Reformada). En Bolivia, detrás de tanta alharaca, lo único que se ha nacionalizado es entre un 2 y un 3 por ciento del paquete accionario de las empresas capitalizadas porque los yacimientos que explotan nunca dejaron de pertenecer al estado boliviano. Además, casi el 50 por ciento de las acciones de esas empresas ya pertenecían a los bolivianos (estaban dadas en custodia a fondos de pensión y con los dividendos se pagaba un bono a los jubilados), sólo que ahora su tenencia está es manos de la relanzada petrolera estatal YPFB.
Las empresas que hunden inversiones a sabiendas que los yacimientos descubiertos o a explotar no les pertenecen, y que incluso los pueden perder, no trabajan por una utilidad normal; se arriesgan para compartir renta con el estado dueño. La apropiación de renta, que surge de la diferencia entre los precios y los costos, es la que rige las alternativas de desarrollo de la riqueza hidrocarburífera. Se puede tener una empresa estatal que monopolice toda la actividad (Arabia, Kuwait, Iraq, Méjico); o una empresa pública que coexista con un régimen de concesiones privadas (Brasil, Canadá, Noruega) o de producción compartida con empresas privadas (Colombia, Venezuela, Ecuador, Rusia). Si no existe la empresa estatal (Estados Unidos), o la empresa estatal se privatizó (Argentina, Perú, Inglaterra), la propiedad estatal de los yacimientos tiene que convivir con un régimen de concesiones privadas para el desarrollo de la actividad, donde el Estado se apropia de parte de la renta mediante regalías e impuestos (ganancias, ingresos brutos, retenciones) y las empresas invierten para sostener la actividad y descubrir nuevas reservas. En este contexto Chile realiza una licitación de 10 bloques en la región de Magallanes con un régimen de regalías nunca antes visto en procesos latinoamericanos de las misma magnitud, yendo desde un 5% como mínimo en regalía para el estado hasta sólo el 35% calculado con factores que van desde productividad del pozo hasta el monto de inversión para dicho pozo.
El marco legal actual de los contratos de operación petrolera que tiene Chile viene del año 1978, y desde ese momento esta ley favorece la incorporación de privados a la exploración y explotación, considerando siempre un sistema de regalías donde el dueño del recurso es el estado y el operador es el productor. En esa ley nunca se contempló el fortalecimiento de ENAP como monopolio operador de los hidrocarburos en Chile, como si lo fue por muchos años, PETROBRAS e YPF, más bien facilitaba la incorporación de privador a la operación petrolera. Mirado desde otro punto de vista la reforma constitucional mas importante en los hidrocarburos chilenos se hizo hace 30 años.
Experiencias en otros países de la región son un buen indicador, La séptima subasta de licitaciones hecha en Brasil fue llevada a cabo por la Agencia Nacional de Petróleo, ANP, que ofreció 1.134 bloques con riesgo exploratorio en una área total de 397.000 kilómetros cuadrados en los cuatros cantos de Brasil. La participación aquí fue de 134 empresas de las cuales 24 eran extranjeras donde en promedio cada empresa se llevo 8 bloques. En Colombia el primer proceso competitivo del 2007 que hace poco atrajo 22 ofertas fue sobre 15 participantes. En Chile se ofrecieron 10 bloques con una superficie de alrededor de 25.000 km^2, se presentaron 14 ofertas de 7 empresas.
Solo el riesgo exploratorio y situaciones de mercado pueden explicar que antes no se haya impulsado el interés por las cuencas geológicas petroleras existentes en nuestro país por parte de empresas privadas. La cuenca “antepaís” en Magallanes esta considerada a nivel mundial como de “riesgo exploratorio”, la cuenca “terciaria” al oeste de la zona productora de petróleo en Magallanes, se considera también de “riesgo exploratorio” y solo productora de gas o para exploración y explotación en proyectos de “gases de carbones” o “CBM”. El Estado esta impulsando fuertemente la exploración de hidrocarburos, con varios CEOP lo largo de Chile; como en el valle de pica al norte de chile (MARCH) y la cuenca de Arauco en el sur (LAYNE ENERGY), es más, la licitación de los bloques compromete a las empresas en por lo menos 2 periodos de exploración con una fuerte inversión en sísmica 2D y 3D. Además cabe señalar que el ministerio de minería esta impulsando un proyecto a corto plazo (2008) de exploración en sísmica especulativa, la cual permitirá el incremento de la información geológica, principalmente en las áreas del off shore profundo de la cuenca oceanica frente a las costas de Chile central, lo cual será el insumo para la planificación de una segunda, tercera y cuarta ronda licitatoria de hidrocarburos en Chile.
El rechazo por el Senado -virtualmente inadvertido por la opinión pública- del proyecto de reforma constitucional para liberalizar los contratos especiales de exploración y explotación de los hidrocarburos nacionales por particulares es lo más lógico, dentro del marco de precios internacionales que tendrá el petróleo en los próximos años. Los hidrocarburos, más que nunca, se transforma en un recurso estratégico para el país. El éxito de la primera ronda licitatoria de bloques en la duodécima región, traerá nuevas visiones de exploración y explotación, y un desarrollo regional en Magallanes comparable con los grandes proyectos mineros del norte grande de Chile.
Señalar que este rechazo desalienta el desarrollo y aprovechamiento de estos recursos y que atenta contra la seguridad energética de Chile, es no saber del tema, tratar de asimilar los contratos de operación petrolera con las concesiones mineras, es no entender el mercado de hidrocarburos, y más aun, es no saber cómo este negocio se maneja mundialmente. Sin embargo a su vez postular que el incremento del rol de los privados en la materia, eliminando la reserva estatal o promoviendo aumentar la entrega a terceros de la explotación a través de contratos, implica necesariamente cierta desconfianza en la labor de la Empresa Nacional del Petróleo, también es no entender la lógica de las empresas modernas en el negocio de los hidrocarburos. ENAP es una empresa más dentro del mundo petrolero y que mejor para ella misma, trabajar asociado con empresas fuertes y arriesgadas en una cuenca geológica por años trabajada y más aun, dejar a empresas privadas asumir riesgos en bloques nuevos, en zonas poco exploradas y áreas donde nuevas ideas pueden traer nuevos recursos para el país.
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